No se causan cotizaciones a cargo del empleador al sistema general de riesgos profesionales, en los siguientes casos:Incapacidad del Trabajador, Recreo de un trabajador, Licencias y suspensiones del trabajo, no remuneradas, Egreso de un trabajador. Ante cualquier administradora de riesgos laborales debidamente autorizada para el ramo de riesgos profesionales. https://alberto776glb1.loginblogin.com/profile